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Nueva Ley de Impuesto Inmueble

A partir de enero 2019 entrará en vigencia la nueva Ley  de Impuesto Inmueble.

Publicado el 30.10.2017

Para gozar de los beneficios de esta nueva ley se deberá realizar la solicitud como Vivienda Principal o Patrimonio Familiar Tributario, en bienes que no sobrepasen los 120 mil dolares, cumpliendo con todos los requisitos que se solicitan en el Registro Público, Anati y la DGI.

Una vez la documentación sea procesada, las autoridades tendrán un espacio de tres meses para que el tramite del contribuyente sea efectuado.

Esta nueva ley ofrece las siguientes tarifas del impuesto para la Vivienda Principal y el Patrimonio Familiar Tributario:

  • 0.0% hasta los 120 mil balboas
  • 0.5% desde los 120.01 mil balboas hasta los 700 mil balboas
  • 0.7% desde los 700.01 mil balboas en adelante
Para las propiedades comerciales, industriales, segundas residencias y demás, la ley estipula las siguientes tarifas:

  • 0.0% hasta los 30 mil balboas
  • 0.6% de 30.01 mil balboas a 250 mil balboas
  • 0.8% de 250.01 mil balboas a 500 mil balboas
  • 1.0% de 500.01 mil balboas en adelante
Los bancos que financien las propiedades comerciales, industriales y segundas residencias, serán los encargados de hacer la retención y enviarla al fisco, con lo cual, se hará más efectivo el proceso de pago.
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